Estructura Legal

El Factoreo en Costa Rica se fundamenta en la Ley 9691 Marco Legal del Contrato de Factoreo, aprobada el 21 de mayo 2019, publicada en la Gaceta 162, Alcance 192 del 29 de Agosto 2019. También se fundamenta en el Código de Comercio, en sus artículos 460 bis y del 490 al 494 y el Código Civil en sus artículos del 1101 al 1116, principalmente en lo que respecta a la factura y la forma de trasmisión de sus derechos económicos y la Ley de Garantías Mobiliarias, artículos 19 al 25.
La ley 9691 establece el factoreo como un contrato típico, regula la actividad del factoreo en el territorio nacional, lo que implica todo contrato de factoreo de naturaleza mercantil, así como cualquier transferencia de derechos de crédito y cobro presentes y/o futuros a un factor.

TRESCIENTOS SESENTA FACTOREO S.A. se encuentra inscrita ante la SUGEF según lo establecido en el Artículo 15 o 15 bis de la “Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo” (Ley 7786 y sus reformas).

ADVERTENCIA: Se advierte al público que TRESCIENTOS SESENTA FACTOREO S.A. es supervisada solamente en materia de prevención de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, y además se encuentra sujeta a disposiciones vinculantes de la Unidad de Inteligencia Financiera del Instituto Costarricense sobre Drogas. Por lo tanto, la SUGEF no supervisa en materia financiera a TRESCIENTOS SESENTA FACTOREO S.A, ni los negocios que ofrece, ni su seguridad, estabilidad o solvencia.

Recent Posts

    Recent Comments

    No comments to show.
    Categories1
    • No categories
    LATEST POSTS
    Latest Posts